Una vez declarada la nulidad de la cláusula de una hipoteca por abusiva, procede imponer las costas a la entidad bancaria, aun cuando no se le restituya al consumidor la totalidad de la cantidad abonada y reclamada en la demanda por los gastos de constitución de hipoteca, abonados en su día.
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Sentencia: 01108/2021 - Audiencia Provincial de Cáceres. Sección 1